Calcular el finiquito: salario, vacaciones y pagas extra
El finiquito se cobra en cualquier cese, también en la baja voluntaria. Introduce tu salario y tus días pendientes.
El finiquito es la liquidación de lo que la empresa debe a la persona trabajadora cuando termina el contrato, cualquiera que sea la causa: despido, fin de contrato o baja voluntaria. Tiene tres componentes habituales. Primero, el salario de los días trabajados en el último mes. Segundo, las vacaciones devengadas y no disfrutadas: se generan 30 días naturales por año, dos días y medio por mes, y los pendientes se pagan al salario diario. Tercero, la parte proporcional de las pagas extraordinarias, salvo que se cobren prorrateadas en la nómina mensual. Ejemplo: con un salario de 1800 € brutos al mes en catorce pagas, quince días trabajados, diez días de vacaciones pendientes y tres meses desde la última paga, el finiquito es de 2400,00 € brutos: 900,00 € de salario, 600,00 € de vacaciones y 900,00 € de paga extraordinaria. Sobre el finiquito se cotiza a la Seguridad Social y se retiene IRPF. La indemnización, cuando procede, se calcula aparte.
Calcula tu finiquito
Finiquito bruto
2400,00 €
| Salario de los días trabajados | 900,00 € |
| Vacaciones no disfrutadas | 600,00 € |
| Parte proporcional de pagas extra | 900,00 € |
Actualizado el · Revisado por Radif Partners · Normas editoriales
Ejemplos de finiquito por salario
| Salario bruto mensual (14 pagas) | Salario de 15 días | 10 días de vacaciones | Paga extra proporcional | Finiquito bruto |
|---|---|---|---|---|
| 1300 € | 650,00 € | 433,33 € | 650,00 € | 1733,33 € |
| 1500 € | 750,00 € | 500,00 € | 750,00 € | 2000,00 € |
| 1800 € | 900,00 € | 600,00 € | 900,00 € | 2400,00 € |
| 2200 € | 1100,00 € | 733,33 € | 1100,00 € | 2933,33 € |
| 2800 € | 1400,00 € | 933,33 € | 1400,00 € | 3733,33 € |
| 3500 € | 1750,00 € | 1166,67 € | 1750,00 € | 4666,67 € |
Todos los ejemplos suponen un cese el día 15, diez días de vacaciones pendientes y tres meses transcurridos desde la última paga extraordinaria semestral. El salario diario se obtiene dividiendo el salario mensual entre 30. Tu convenio puede fijar otra forma de cálculo, por ejemplo dividir el salario anual entre 365.
1. Salario de los días trabajados
Es la nómina del último mes hasta el día del cese. Incluye el salario base y los complementos fijos en proporción a los días, y los conceptos variables ya generados: horas extraordinarias realizadas, comisiones por ventas cerradas, pluses de nocturnidad o turnicidad. Con 1800 € al mes y quince días trabajados, son 900,00 €. Si la empresa te debe meses anteriores, también deben figurar aquí.
2. Vacaciones no disfrutadas
| Meses trabajados en el año | Días generados | Pendientes si disfrutaste 10 | Importe con 1800 € al mes |
|---|---|---|---|
| 3 meses | 7,5 | 0,0 | 0,00 € |
| 6 meses | 15,0 | 5,0 | 300,00 € |
| 9 meses | 22,5 | 12,5 | 750,00 € |
| 12 meses | 30,0 | 20,0 | 1200,00 € |
Las vacaciones no se pueden sustituir por dinero mientras dura el contrato; al terminar, es la única salida. El cómputo se hace por año natural, salvo que el convenio diga otra cosa. Si has disfrutado más días de los generados, la empresa puede descontar el exceso. Importante para el paro: los días pagados se consideran cotizados y retrasan el inicio de la prestación, de modo que el plazo para solicitarla empieza cuando terminan.
3. Parte proporcional de las pagas extraordinarias
La ley garantiza al menos dos pagas extraordinarias al año, una en Navidad y otra en el mes que fije el convenio. Si las cobras prorrateadas, tu nómina mensual ya las incluye y en el finiquito no hay nada que añadir: con 2100 € mensuales en doce pagas, el mismo cese da un finiquito de 1750,00 €. Si las cobras aparte, hay que mirar cómo se devengan. Lo más frecuente es el devengo semestral: cada paga se genera en los seis meses anteriores a su abono. Con tres meses transcurridos, te corresponde media paga, 900,00 €. Con devengo anual, cada paga se genera en doce meses y el cálculo se hace por separado para cada una.
Retenciones y cotización
El finiquito es salario. Sobre él se aplican la cotización a la Seguridad Social a cargo del trabajador y la retención de IRPF que tuvieras en la nómina. Las vacaciones no disfrutadas cotizan mediante una liquidación complementaria por los días que corresponden. La indemnización por despido, en cambio, no cotiza y está exenta de IRPF dentro de los límites legales. Por eso el neto del finiquito es inferior al bruto que muestra la calculadora, en la misma proporción que tu nómina.
Preaviso incumplido y otros descuentos
En la baja voluntaria, si no das el preaviso exigido, la empresa puede descontar un día de salario por cada día de preaviso que falte. Al revés, si la empresa no respeta el preaviso de quince días en un despido objetivo o al terminar un contrato temporal de más de un año, debe pagarte esos días. También pueden descontarse anticipos, vacaciones disfrutadas de más o el pacto de permanencia incumplido, siempre con la justificación correspondiente.
Finiquito e indemnización: no los confundas
El finiquito se cobra siempre. La indemnización solo procede en el despido objetivo, el improcedente, el colectivo y el fin de contrato temporal, y se calcula por años de servicio, como se explica en despido e indemnización. Suelen entregarse en el mismo documento, pero deben figurar desglosados. Ninguno de los dos reduce el paro; solo las vacaciones retrasan su inicio. La página finiquito, indemnización y paro lo explica.
Cómo revisar el documento
Comprueba la fecha de antigüedad y la de cese, el salario diario utilizado, los días de vacaciones generados y disfrutados, y el periodo de devengo de las pagas. Pide el desglose si te dan una cifra global. Compara el resultado con el de la calculadora de esta página. Si hay diferencias, firma «no conforme» y reclama por escrito; el plazo para reclamar cantidades es de un año.