Subsidio por cotización insuficiente: requisitos, duración y cuantía

¿Has cotizado menos de 360 días? Entre 90 y 359 días hay subsidio. Indica tus días y verás cuántos meses te corresponden.

El subsidio por cotización insuficiente protege a quien queda en situación legal de desempleo sin haber cotizado los 360 días necesarios para la prestación contributiva. Se exige un mínimo de 90 días cotizados que no hayan servido para otra prestación. Desde la reforma que entró en vigor el 1 de noviembre de 2024, ya no hace falta tener responsabilidades familiares para acceder con menos de seis meses. La duración es de 3, 4 o 5 meses con 90, 120 o 150 días cotizados. Con 180 días o más es de 6 meses sin responsabilidades familiares y de 21 meses con ellas. La cuantía es el 95 % del IPREM los 180 primeros días, 570 € al mes en 2026; el 90 % del día 181 al 360, 540 €; y el 80 % después, 480 €. Hay que carecer de rentas propias superiores a 915,75 € al mes o acreditar responsabilidades familiares, y solicitarlo en quince días hábiles.

¿Cuánto dura el subsidio por cotización insuficiente?

Duración del subsidio

6 meses

Primeros 6 meses570 €
Meses 7 a 12540 €
Total del subsidio3420 €
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Actualizado el · Revisado por Radif Partners · Normas editoriales

Duración e importe total según los días cotizados

Días cotizadosDuración sin cargasTotal sin cargasDuración con cargasTotal con cargas
90 días3 meses1710 €3 meses1710 €
120 días4 meses2280 €4 meses2280 €
150 días5 meses2850 €5 meses2850 €
180 días6 meses3420 €21 meses10.980 €
270 días6 meses3420 €21 meses10.980 €
359 días6 meses3420 €21 meses10.980 €

Los importes son la suma de las mensualidades con el IPREM de 2026, 600 € al mes. El subsidio se reconoce por trimestres: cada tres meses hay que pedir la prórroga y acreditar que se mantienen los requisitos. Con 360 días cotizados ya no corresponde este subsidio, sino la prestación contributiva.

Quién puede pedirlo

  • Estar en situación legal de desempleo: despido, fin de contrato temporal, cese en periodo de prueba a instancia de la empresa, ERE. La baja voluntaria no da acceso.
  • Haber cotizado entre 90 y 359 días por desempleo, sin que esas cotizaciones se hayan usado ya.
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el acuerdo de actividad.
  • Carecer de rentas propias superiores a 915,75 € al mes o, alternativamente, acreditar responsabilidades familiares.
  • No tener derecho a la prestación contributiva ni estar en un supuesto de incompatibilidad.

Qué son las responsabilidades familiares

Hay responsabilidades familiares cuando la suma de las rentas de toda la unidad familiar, incluido el solicitante, dividida entre el número de miembros, no supera el 75 % del salario mínimo sin pagas extraordinarias. La unidad familiar la forman el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho y los hijos menores de 26 años, o mayores con discapacidad, y los menores acogidos, que convivan o dependan económicamente de él. La pareja de hecho debe estar inscrita o constar en documento público con dos años de antelación, salvo que haya hijos comunes. Con 180 días cotizados, las cargas familiares marcan la diferencia entre 6 y 21 meses de subsidio.

Cuantía mes a mes

El subsidio no depende del salario que tenías. Se calcula sobre el IPREM en tres tramos: 570 € al mes durante los 180 primeros días, 540 € del día 181 al 360 y 480 € a partir del día 361. No tiene pagas extraordinarias ni se le descuenta cotización a la Seguridad Social. Desde la reforma se cobra íntegro aunque el contrato perdido fuera a tiempo parcial. Se abona entre los días 10 y 15 de cada mes, por meses vencidos. Durante el subsidio no se cotiza para la jubilación, salvo en el de mayores de 52 años.

¿Pedir el subsidio o guardar las cotizaciones?

La decisión no es evidente, porque el subsidio consume las cotizaciones. Con 300 días cotizados, por ejemplo, el subsidio sin cargas dura 6 meses y suma 3420 €. Si en lugar de pedirlo encuentras un contrato de dos meses, alcanzarías 360 días y tendrías cuatro meses de paro contributivo; con una base de 1500 €, serían 4200 € brutos, además de cotización para la jubilación. El subsidio interesa cuando no hay expectativa cercana de empleo o cuando las cargas familiares lo alargan hasta 21 meses. Solo puedes pedirlo dentro de los seis meses siguientes a la situación legal de desempleo.

Solicitud, plazos y prórrogas

El plazo ordinario es de quince días hábiles desde el día siguiente a la situación legal de desempleo. Fuera de ese plazo, pero dentro de los seis meses siguientes, el subsidio nace el día de la solicitud. Pasados seis meses se deniega, salvo que en ese momento estuvieras trabajando o cobrando una incapacidad temporal o la prestación por nacimiento y cuidado de menor. Las prórrogas se piden en los quince días hábiles siguientes a cada trimestre. La solicitud se presenta en la sede electrónica del SEPE o en la oficina de prestaciones con cita previa, como se explica en la guía para solicitar el paro.

Compatibilidad con un empleo

Puedes acceder al subsidio manteniendo un contrato a tiempo parcial, y puedes empezar a trabajar mientras lo cobras. En ambos casos el subsidio pasa a ser un complemento de apoyo al empleo, cuya cuantía depende de la jornada y del trimestre en que te encuentres. El trabajo por cuenta propia es incompatible. Al terminar el contrato, si el cese es involuntario, se reanuda el subsidio por el tiempo que quedara. Los detalles están en trabajar y cobrar el paro.

Después del subsidio

Agotado el subsidio por cotización insuficiente no hay un subsidio posterior por agotamiento, que está reservado a quien termina una prestación contributiva. Las opciones son el subsidio para mayores de 52 años, si cumples sus requisitos, el ingreso mínimo vital de la Seguridad Social o las rentas mínimas de tu comunidad autónoma. Volver a cotizar 90 días abre un nuevo subsidio, y 360 días, la prestación contributiva.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el subsidio por cotización insuficiente?

Es la ayuda del SEPE para quien pierde su empleo de forma involuntaria sin haber cotizado los 360 días que exige el paro contributivo. Basta con haber cotizado al menos 90 días. Se cobran 570 € al mes durante los seis primeros meses y 540 € del séptimo al duodécimo. La duración va de 3 a 21 meses según lo cotizado y las cargas familiares.

¿Cuánto dura el subsidio con seis meses cotizados?

Con 180 días cotizados o más, sin llegar a 360, el subsidio dura 6 meses si no tienes responsabilidades familiares y 21 meses si las tienes. En el primer caso el total asciende a 3420 €; en el segundo, a 10.980 €. Si acreditas las cargas familiares dentro de los doce meses siguientes, puedes pedir la ampliación hasta los 21 meses.

¿Se pierden las cotizaciones al cobrar este subsidio?

Sí. Las cotizaciones que sirvieron para reconocer el subsidio no pueden utilizarse después para una prestación contributiva ni para otro subsidio. Por eso, si te faltan pocos días para llegar a 360 y esperas volver a trabajar pronto, puede convenir no solicitarlo y acumular: con 360 días cotizados tendrías cuatro meses de paro calculado sobre tu base reguladora.

¿Qué rentas impiden cobrar el subsidio?

Las rentas propias no pueden superar 915,75 € al mes, el 75 % del salario mínimo sin pagas extraordinarias. Alternativamente, basta con acreditar responsabilidades familiares: que la renta de toda la unidad familiar dividida entre sus miembros no supere ese mismo importe. Se mira el mes natural anterior a la solicitud y a cada prórroga.

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